(Gentileza Diario Compromiso, Dolores).- La Resolución fue dictada por el juez Christian Ariel Rabaia, en el marco de un Juicio Abreviado acordado entre el Fiscal de Juicio Diego Bensi y el Defensor Oficial Rolando Brown, trámite que contó además con la conformidad expresa del imputado.
Según quedó acreditado en la sentencia, el hecho ocurrió el 19 de febrero de 2018, en un horario previo a las 21.05, cuando el imputado fracturó la reja de una ventana de una vivienda ubicada en calle 5 al 2000 de Santa Teresita.
De acuerdo con la reconstrucción efectuada en el fallo, tras violentar la reja de la ventana lateral de la finca, el acusado ingresó al inmueble y sustrajo una billetera marca Quicksilver, siete billetes de cien pesos, tarjetas de crédito y débito, documentación personal.
La maniobra fue descubierta cuando los ocupantes de la vivienda regresaron al lugar alrededor de las 21.00 horas. Al advertir que una de las rejas había sido forzada, observaron a un hombre vestido con una remera verde y pantalón de jean que escapaba del inmueble tras saltar hacia un terreno baldío lindero. Ante esa situación, se dio aviso al Servicio de Emergencias 911. Minutos después, un móvil policial que patrullaba la zona localizó a una persona cuyas características coincidían con las aportadas por los denunciantes.
La Sentencia destaca que mientras los efectivos se acercaban al sospechoso, las víctimas lo perseguían y señalaban como el autor del robo. Tras ser interceptado, el personal policial realizó un cacheo preventivo y encontró en uno de los bolsillos de su pantalón la billetera sustraída junto con la totalidad de los elementos denunciados como robados. Entre los objetos recuperados se encontraban los 700 pesos en efectivo, tarjetas bancarias, documentos nacionales de identidad y demás documentación perteneciente al damnificado y a su hijo. Uno de los aspectos valorados por el Juez fue la inmediatez entre la comisión del hecho y la aprehensión del acusado.
El fallo señala que el hombre fue detenido a escasos metros de la vivienda y pocos minutos después del robo, circunstancia que encuadra dentro de los supuestos de flagrancia previstos por la legislación procesal.
También resultaron relevantes para la acreditación del hecho las actas policiales, las declaraciones de las víctimas, el informe de inspección ocular y las fotografías incorporadas a la investigación. Estas últimas permitieron constatar que la reja exterior de la ventana había sido desprendida de sus tres bisagras y doblada hacia afuera mediante la utilización de fuerza, circunstancia que fundamentó la agravante aplicada en la causa.
Asimismo, los investigadores verificaron un importante desorden en el interior de la vivienda. Según declararon las víctimas, en una de las habitaciones hallaron una bolsa con ropa y otros elementos preparados para ser retirados del lugar.
Al analizar la calificación legal, el Juez sostuvo que la conducta encuadró en la figura de “robo agravado por efracción”, prevista en el artículo 167 inciso 3 del Código Penal, debido a que el acusado destruyó un elemento destinado a proteger el acceso a la vivienda para concretar la sustracción.
Finalmente, teniendo en cuenta el acuerdo alcanzado por las partes y la ausencia de antecedentes penales computables del imputado, el Juez Rabaia resolvió imponer una pena de tres años de prisión de ejecución condicional a Julio Ricardo Godoy, además del pago de las costas procesales.
De esta manera quedó concluido un proceso judicial iniciado a partir del robo ocurrido durante la temporada estival de 2018 en Santa Teresita, hecho que fue esclarecido a partir de la rápida intervención policial y la recuperación inmediata de los objetos sustraídos.