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JUDICIALES
Condenan a un hombre por vender una bicicleta robada en la rambla de Villa Gesell
El Juzgado Correccional N° 3 de Dolores impuso a J.O.F.G una pena de un año, cuatro meses y diecinueve días de prisión de efectivo cumplimiento por encubrimiento. El hecho ocurrió durante la temporada de verano de 2025.


Redacción - Actualizado 25/10/2026

El Juzgado en lo Correccional N° 3 de Dolores, a cargo del juez Jorge Martínez Mollard, dictó sentencia condenatoria contra un hombre tras declarar admisible un acuerdo de juicio abreviado. El imputado fue hallado autor penalmente responsable del delito de encubrimiento, previsto en el artículo 277 inciso 1.c del Código Penal, por un hecho ocurrido durante la temporada de verano de 2025 en Villa Gesell.

El magistrado impuso a J.O.F.G la pena de un año, cuatro meses y diecinueve días de prisión de efectivo cumplimiento, junto con la declaración de reincidencia y la obligación de pago de las costas procesales. El trámite contó con la intervención del fiscal Walter Mercuri, el defensor oficial Rolando Brown y el propio imputado, quien prestó conformidad tras una audiencia realizada por videollamada mediante WhatsApp.

Según las constancias de la investigación, el hecho precedente ocurrió el 23 de enero de 2025, entre las 09:00 y las 10:30, en un local comercial de Paseo 104 y Avenida 2 de Villa Gesell. Autores ignorados violentaron el candado de seguridad de una bicicleta rodado 29 marca OVER, de color gris azulado con detalles en fucsia y rosa, y se apoderaron de ella antes de darse a la fuga. El rodado había sido dejado en un bicicletero en la esquina del lugar de trabajo de la víctima.

El hecho imputado a J.O.F.G tuvo lugar ese mismo 23 de enero, aproximadamente a la 01:50, en la intersección de la Avenida Buenos Aires y la playa. Según la acreditación judicial, el sujeto tenía la bicicleta robada en su poder y, a sabiendas de su procedencia ilícita, la ofrecía abiertamente a la venta a comerciantes y transeúntes del lugar.

La aprehensión se concretó a partir de un aviso del Centro de Emergencias 911 de Pinamar, que alertaba sobre un hombre sospechoso en la rambla, vestido con una camiseta oscura con la inscripción "DI MARÍA" y el número 22 en la espalda, que intentaba comercializar una bicicleta de damas de colores gris y rosa. Al arribar al sector, los efectivos lo visualizaron junto al rodado con franjas rosas.

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A las 02:10, la Policía procedió a la aprehensión preventiva del sospechoso y al secuestro del rodado. Durante el procedimiento, el aprehendido se negó a brindar sus datos. Mientras se completaban las actuaciones, la víctima se presentó espontáneamente en la dependencia policial para radicar la denuncia por el robo de su herramienta de trabajo.

El juez fundamentó la convicción condenatoria en el acta de procedimiento digital, la denuncia penal de la víctima, las actas de inspección ocular, el croquis ilustrativo, las placas fotográficas del rodado, el acta de visu de la bicicleta y el acta de exhibición y reconocimiento de cosas mediante la cual la damnificada reconoció formalmente su propiedad. También se constató que el imputado se negó a declarar en la audiencia del 29 de enero de 2025.

El fallo determinó la autoría del encartado en los términos del artículo 45 del Código Penal y desestimó causales de eximición de responsabilidad, así como eximentes, atenuantes o agravantes, por no haber sido planteadas por las partes. La declaración de reincidencia se dictó computando el informe del Registro Nacional de Reincidencia del 22 de agosto de 2025. Una vez firme la resolución, se practicará el cómputo de pena definitivo y las actuaciones se remitirán al Juzgado de Ejecución Penal Departamental.


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