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Teatristas independientes de la región se reunieron en Pinamar
04/03/2026

GALERÍA
El encuentro se llevó a cabo en Casa Melfi. Se analizó la situación del sector. Se propuso impulsar a través de ordenanzas y leyes formas de financiamiento como también el armado de comisiones de estudio, análisis y estrategias para impulsarlas.

Pinamar ©.- Se llevó a cabo en la Casa de Artistas Melfi el primer encuentro del año de teatristas de la región, con el fin de analizar la situación del sector y elaborar estrategias que permitan la promoción de distintas acciones.


Detalles


Del encuentro tomaron parte referentes del Partido de la Costa, Villa Gesell, Mar Azul, Mar del Plata, General Madariaga, Pinamar y Santa Clara del Mar.


La reunión comenzó con el relato de la experiencia del Taller de Mapeos a cargo de Sebastián Romero, del Proyecto Tsunami de La Costa, desarrollado en agosto del 2025, donde se compartiendo conclusiones.


Se repasaron conversaciones de pasadas reuniones regionales donde se instaló el tema del impulso de ordenanzas y leyes para contar con otros financiamientos que abran espacios al teatro independiente y promocionen el trabajo, para no repetir sólo los relatos. Desde la representación regional se propuso armar comisiones de estudio, análisis y estrategias para impulsar las mismas, o alternativas que surjan, por ejemplo sobre:


- Consejos culturales.


- Casas de artistas.


- Ordenanzas.


- Mecenazgos.


- Aportes en impuestos.


- Etc.


A través de las comisiones que estén atentas a estos u otros temas poder fortalecer, por ejemplo, las relaciones con los centros de formación docente y con la Asociación Argentina de Actores.


Se pasaron algunas novedades para pensar el año en relación a la agenda, que podrá llevar a cabo el CPTI:


*1er semestre resolución de los subsidios 2025


*Inicio Capacitaciones, se dialogó sobre estas y cuáles fueron las conclusiones para proponer este año y que aún algunas se están pensando.


Se acordó entre los presentes la importancia de:


- Iniciación a la dramaturgia impulsando improntas regionales.


- Alfabetización estética teatral.


Se aclaró que estas inquietudes y sugerencias se compartirán en la comisión del Consejo que está trabajando sobre esto.


*Definición de Sedes para el regional.


 2do semestre


*Fiestas regionales


*Capacitaciones


*Convocatoria a subsidios


Finalmente se pasó información sobre los pasos llevados a cabo y las gestiones para el tratamiento de la actualización de la ley 14.037, donde los teatristas sugirieron dar impulso a esto, estando alertas en el momento que haya que salir a lograr apoyo.


Se sugirió la posibilidad de proponer un referente por municipio que pueda transmitir lo ocurrido en las reuniones regionales en su comunidad. Además se comunicó que saldrá un relevamiento de la Región 10 para actualizar datos de salas, festivales, grupos y proyectos.


PROYECTO DE LEY


EL HONORABLE SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE:


LEY


Artículo 1° – Modifícase el artículo 6° de la Ley N° 14.037, el que quedará redactado de la siguiente manera:


ARTÍCULO 6°.– Créase el Consejo Provincial de Teatro Independiente como órgano rector para la protección, promoción y apoyo del teatro independiente, el cual funcionará en el ámbito del Instituto Cultural, o el órgano que lo supla, de la Provincia de Buenos Aires y estará dirigido por un Consejo de Dirección compuesto por:



  1. a) Una persona que ejercerá la Dirección Ejecutiva, designada por el Poder Ejecutivo, con rango de directora o director provincial.

  2. b) Una persona designada por la Presidencia del Instituto Cultural, que ejercerá su representación.

  3. c) Una persona representante de la actividad teatral independiente por cada una de las regiones culturales establecidas en EX-2021-03747731-GDEBA-DTAYLDLIIMPCEITGP. Estas regiones podrán ser reorganizadas únicamente por mayoría calificada del 2⁄3 del Consejo Provincial de Teatro Independiente, garantizando que su número no sea inferior a catorce (14).

  4. d) Requisitos: Las y los representantes regionales de la actividad teatral independiente deberán acreditar una reconocida trayectoria en la actividad teatral y residencia efectiva en la región que representan, con una antigüedad mínima e ininterrumpida de tres (3) años inmediatos anteriores a su designación.


Compensación económica:


Establécese una retribución económica para las y los representantes regionales de la actividad teatral independiente, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de una Dirección de Línea. Esta compensación tiene por objeto reconocer y equiparar la dedicación, el compromiso y la carga laboral que implica el ejercicio de sus funciones dentro del Consejo, garantizando así el desarrollo efectivo de sus tareas. La misma no afectará en ningún caso el fondo específico del organismo.


Artículo 2° – Modifícase el artículo 14° de la Ley N° 14.037, el que quedará redactado de la siguiente manera:


ARTÍCULO 14°.– Créase el Fondo Especial del Teatro Independiente, constituido por los siguientes recursos de afectación específica:



  1. a) El quince por ciento (15%) del sesenta y siete por ciento (67%) correspondiente a los premios prescritos del juego de la Quiniela y sus variantes, que percibe el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires.

  2. b) Las contribuciones, subsidios, herencias y donaciones, tanto públicas como privadas, que se le otorguen o destinen específicamente.

  3. c) Los aportes eventuales de las jurisdicciones municipales.

  4. d) Cualquier otro aporte o contribución que el Poder Ejecutivo decida asignar, contemplando que el presupuesto total del Fondo no podrá ser inferior al ejecutado en el ejercicio anterior, actualizado según el índice de inflación oficial publicado por el INDEC.


FUNDAMENTOS


HONORABLE LEGISLATURA:


Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de Ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se reforma el marco legal dado para el estímulo y promoción del teatro independiente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires por la Ley 14037.


La presente propuesta de reforma viene a complementar un marco legal vigente desde hace más de una década, que vino a poner en valor tanto cultural como social y económico a un hacer artístico de trascendencia inobjetable en el campo cultural de nuestra provincia. La creación del Consejo Provincial del Teatro y su Fondo Especial del Teatro Independiente impulsaron y multiplicaron en toda la provincia las producciones teatrales, el trabajo en salas independientes y la consolidación de grupos teatrales de manera directa y transparente.


Dicho lo anterior, entendemos que el sector teatral independiente viene demandando la incorporación de ciertas reformas a la Ley para mejorar el funcionamiento y profundizar los mecanismos participativos y representativos en la formulación, evaluación y ejecución de políticas destinadas al sector para robustecer una distribución justa de estos recursos, con un objetivo central: seguir mejorando la accesibilidad del pueblo de la Provincia de Buenos Aires a los bienes culturales que éste mismo genera.


La reforma se orienta a reconocer la tarea de las/os representantes que integran el Consejo Provincial del Teatro y mejorar el funcionamiento de estas representaciones a través de una remuneración justa. Así, además de compensar costos y labores, se contribuye a garantizar la sostenibilidad y disponibilidad de quienes ejercen la representación para llevar a cabo sus funciones en el Consejo. En el mismo sentido, para mejorar la faz representativa del Consejo es que el presente proyecto propone establecer taxativamente en la norma las regiones de la actividad teatral independiente, para profundizar la descentralización de las actividades teatrales y la regionalización de los recursos y apoyos, de modo que se promueva el desarrollo teatral en todas las localidades de la Provincia, ampliando la diversidad de actores involucrados, como profesionales del teatro, gestores culturales, representantes de grupos y compañías teatrales, entre otros, para asegurar que las decisiones tomadas reflejen la realidad y necesidades del sector teatral independiente de la Provincia.


Por otro lado, se propone la inclusión de mecanismos legislativos que aseguren una adecuada asignación de presupuesto para garantizar la plena y eficaz aplicación de la Ley 14037, teniendo como norte la ampliación de sus horizontes promoviendo el constante mejoramiento de los recursos atendiendo las necesidades siempre cambiantes y vitales del sector.


En función de seguir garantizando a todos los habitantes de la Provincia de Buenos Aires el derecho al acceso a la cultura y a las/os trabajadoras/es del teatro independiente una gestión participativa, mejorada y profundizada, tanto en los mecanismos de representatividad como en la distribución equitativa de los fondos y recursos destinados al quehacer del teatro independiente, proponemos la sanción de la siguiente iniciativa.


A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de este Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.


03/03/2026


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