En una resolución que dio cuenta el Ministerio de Capital Humano, la Unión de Guardavidas no podrá accerder a la personería jurídica, un anhelo de los directivos del gremio que venía nucleando a la mayor cantidad de agentes de playa en los últimos años. Si bien no queda claro en la resolución cual sería el destino del Sindicato, si se desvance o puede seguir vigente, lo que se conoció es que la Unión de Guardavidas de Villa Gesell, con esta medida no podrá sentarse a negociar las paritarias con el ejecutivo municipal, tal como venían reclamando hace varios años atrás.
En esta ocasión el Gobierno Nacional, a través del área que conduce la licenciada, Sandra Pettovello, le dio una mano al municipio ante un gremio que se venía haciendo fuerte y que venía siendo un dolor de cabeza para las autoridades, con sus diferentes reclamos.
Los fundamentos en los cuales se basó el Ministerio de Capital Humano, son que la Ley 23.551 establece que la personería gremial puede otorgarse a un sindicato de oficio, siempre y cuando se justifiquen intereses sindicales diferenciados que no estén ya cubiertos por otras organizaciones gremiales con personería. En este caso, la Secretaría de Trabajo determinó que no se acreditaron dichos intereses diferenciados por parte de la Unión de Guardavidas de Villa Gesell. Además, las entidades sindicales preexistentes ya representaban a los trabajadores del sector en el ámbito geográfico y profesional correspondiente.
De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 23.551, cuando existe un sindicato con personería gremial que representa a los trabajadores de una actividad, y la organización solicitante es un sindicato de oficio, la concesión de personería sólo es posible si se demuestran diferencias suficientes en los intereses sindicales de los trabajadores representados. En este caso, al no haberse probado esa diferenciación, la solicitud fue rechazada.
La Mesa Evaluadora informa los resultados definitivos del Concurso Público de Cobertura de Vacantes para la Temporada 24/25.
En caso de objeciones, errores y/u omisiones en el listado, el postulante contará con dos días hábiles contados a partir de la publicación del listado de resultados, para presentar por escrito y fundado, con su correspondiente copia, la revisión de la /s objeción/es. Deberán efectuar su presentación dirigida a la subdirección de Asuntos Laborales Municipal a través de la mesa de entrada.