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Condenan a un hombre por agredir a su ex amigo en la vía pública en Pinamar
08/03/2026

El ataque ocurrió en febrero de 2024 y dejó a la víctima con heridas leves. El acusado recibió una pena de seis meses de prisión, que cumplirá con trabajos comunitarios.

El Juzgado en lo Correccional N° 2 Departamental, a cargo del juez Jorge Agustín Martínez Mollard, dictó sentencia condenatoria contra un hombre de 35 años, albañil y residente en Pinamar, por un violento episodio ocurrido a principios de 2024. La resolución se produjo en el marco de un juicio abreviado acordado entre el fiscal Walter Mercuri y la defensora oficial Muriel Mendoza.


Según informó Diario Compromiso de Dolores, el hecho tuvo lugar el 8 de febrero de 2024, cerca de las 23:45, en la intersección de las calles De Las Totoras, entre Rivadavia y Constitución. La víctima se encontraba cenando en la casa de un vecino cuando escuchó gritos en la calle. Al salir, se encontró con el agresor, a quien conocía de una amistad previa, rota tiempo atrás por conflictos de convivencia.


La situación escaló rápidamente. El acusado comenzó a increparlo con gritos y lanzó una amenaza de muerte. Acto seguido, lo agredió físicamente con golpes de puño en el rostro, haciéndolo caer al suelo, y continuó pateándolo mientras estaba indefenso. Varios vecinos presenciaron la escena e intentaron intervenir.


Un llamado al 911 alertó a la policía, que arribó minutos después y aprehendió al agresor en flagrancia. La víctima fue trasladada al Hospital de Pinamar, donde recibió curaciones por cortes en el labio, lesiones certificadas como de carácter leve por el médico de policía.


En su declaración indagatoria, el imputado intentó justificarse alegando una pelea grupal iniciada por terceros, pero el juez desestimó esos dichos por considerarlos un "mero intento por mejorar su situación procesal", frente a la contundencia de las pruebas y los testimonios.


El juez Martínez Mollard condenó al acusado a la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Sin embargo, en lugar de ser alojado en una unidad penitenciaria, el imputado cumplirá la pena realizando trabajos comunitarios no remunerados en instituciones estatales o de bien público, bajo la supervisión del Patronato de Liberados, en el marco del artículo 123 bis de la Ley de Ejecución Penal Bonaerense (Ley 12.256). La modalidad busca garantizar la reinserción social y la reparación del daño a través del servicio a la comunidad, manteniendo la firmeza de la sanción penal.


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