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Sobrevivió a los martillazos de su exmarido mientras abrazaba a un bebé: la justicia lo condenó a 10 años
18/07/2026

La víctima soportó tres décadas y media de violencia de género que se recrudeció tras la separación. El agresor, en silla de ruedas, la atacó por la espalda y le gritó "te voy a matar" antes de golpearle la cabeza con un sacaclavos. El fallo incluyó prisión domiciliaria por su estado de salud.

(Diario Compromiso de Dolores) El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Dolores, en un fallo firmado por el juez Juan Martín Enzagaray, resolvió condenar Eduardo Oscar Frías, vecino de Gral. Lavalle, de 69 años, a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas por el delito de 'Homicidio agravado por ser cometido a la ex pareja y por mediar violencia de género en grado de tentativa'. La sentencia homologó el acuerdo de Juicio Abreviado alcanzado por la Fiscal Mónica Ferre, el defensor particular Julián Abraham, y el propio imputado, apodado 'El Tano', quien ratificó su culpabilidad de manera libre y voluntaria ante la sede judicial. Un feroz ataque por la espalda y delante de un menor.

El hecho juzgado ocurrió el 14 de enero de 2026, aproximadamente a las 19:00 horas, en el patio de la vivienda de calle Poggioli al 900 de General Lavalle, un predio compartido por el agresor y uno de sus hijos. La víctima, caminaba por el patio común llevando en brazos a su nieto de ocho meses. Al pasar junto al hombre, quien se encontraba en silla de ruedas debido a la amputación de ambas piernas, el sujeto inició una agresión por la espalda propinándole golpes con un palo. Para resguardar al bebé, la mujer logró entregárselo a otro de sus nietos, quien corrió a ponerse a salvo dentro de la vivienda. Acto seguido, se produjo un forcejeo en el que la víctima intentó quitarle el palo a su agresor.

Durante la disputa, el imputado cayó de la silla de ruedas al suelo, pero, lejos de detenerse, extrajo un martillo de tipo sacaclavos que llevaba consigo y comenzó a golpearla repetidamente en la cabeza mientras le gritaba: 'Te voy a matar, te voy a matar hija de puta'. A pesar de las heridas y el aturdimiento, la víctima logró sacarle el martillo de las manos, caminó hacia el fondo del patio y se lavó la cabeza en una pileta de lona, envolviéndose luego la herida con una toalla. El auxilio vecinal y el procedimiento policial. La agresión fue interrumpida gracias a la intervención de una vecina, quien escuchó los gritos desesperados de auxilio de la mujer y llamó de inmediato a la Policía. Al arribar el personal de la Comisaría de General Lavalle, encontraron al imputado tendido en el piso con el torso desnudo y manchas de sangre en su rostro y cuerpo, mientras solicitaba ayuda a viva voz para ingresar. Los uniformados procedieron a la aprehensión del agresor y al secuestro del martillo utilizado en el ataque, el cual se encontraba al lado de una pileta pelopincho. Por su parte, la víctima fue trasladada en ambulancia al nosocomio local, donde fue asistida. El certificado médico precario determinó que la víctima sufrió:

Traumatismo de cráneo con cefalohematoma frontotemporal.

Herida contuso-cortante con requerimiento de sutura en la región parietotemporal derecha.

Herida cortante puntiforme sangrante en la zona retroauricular derecha.

Un contexto previo de violencia de género

La investigación penal preparatoria, sumada a la declaración de la víctima, expuso un grave historial de violencia verbal y de género de 35 años de relación que se agudizó en los últimos dos años, coincidiendo con el deterioro de la salud del imputado y las amputaciones de sus extremidades.

La mujer se había separado en diciembre de 2025, retirándose a la casa de su madre con pocas pertenencias y recibiendo asistencia del Área de Género Municipal.

Días después de la ruptura, al retirar su ropa de la vivienda común, descubrió que todas sus prendas habían sido tajeadas y desgarradas con cuchillos por parte del acusado.

Fundamentos del fallo y prisión domiciliaria

En su voto, el juez Enzagaray remarcó que el Ministerio Público Fiscal reunió un cuadro probatorio de extrema solidez, donde coinciden de manera coherente los dichos de la víctima, el testimonio de la vecina, el acta de procedimiento policial en flagrancia, las pericias fotográficas que exponen salpicaduras de sangre en el rostro del imputado y los informes médicos.

Respecto al cumplimiento de la pena de 10 años, el fallo hace mención a que la Fiscalía prestó conformidad para otorgar una morigeración de la prisión.

Esta medida, que ya había sido concedida bajo resolución de mayo de 2026, se fundamenta en el delicado estado de salud del condenado, quien padece Diabetes tipo 1 insulinodependiente y amputación bilateral de miembros inferiores, sumado al informe socio-ambiental elaborado por una perito.


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