El Tribunal Criminal N°1 de Chascomús condenó a J.B.A a dos años y medio de prisión condicional por intentar suministrar estupefacientes a un detenido en la Comisaría. Fue absuelto, en cambio, por el encubrimiento de la sustracción de una planta de cannabis medicinal en General Guido.
Redacción - Actualizado 18/09/2026
El Tribunal en lo Criminal N° 1 Departamental, con el Juez Christian Rabaia como magistrado unipersonal, homologó un acuerdo de Juicio Abreviado entre la Fiscalía y la Defensa que derivó en una condena parcial y una absolución para un efectivo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Según informó Diario Compromiso de Dolores, se trata del Sargento J.B.A, quien enfrentaba acusaciones en dos investigaciones penales preparatorias que tramitaron de manera conjunta: el presunto encubrimiento de la sustracción de una planta de Cannabis Sativa Medicinal en General Guido y un intento de suministro de estupefacientes en la Comisaría de Chascomús, donde se desempeñaba como custodio de calabozos.
General Guido: dudas y absolución por el hurto de cannabis
El hecho que originó la acusación por encubrimiento ocurrió en las primeras horas del 9 de marzo de 2024. Según la denuncia de un titular de un permiso vigente del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), personas desconocidas ingresaron al patio de su vivienda en General Guido y le sustrajeron una planta de marihuana destinada a tratamiento medicinal. Testimonios de vecinos menores de edad indicaron que esa noche advirtieron la presencia de un patrullero en las inmediaciones. El hermano del denunciante relató que, tras averiguaciones e interpelar a los efectivos de guardia, llegaron hasta la vivienda del imputado, quien habría admitido verbalmente su participación y señalado que la planta estaba en el domicilio de otro policía. Luego, el denunciante retiró ramas y flores de cannabis en proceso de secado de ese inmueble.
Pese al relato, el Juez Rabaia concluyó que la acusación por encubrimiento (artículo 277 del Código Penal) presentaba fisuras probatorias insuperables. Remarcó que la imputación se basó únicamente en la tenencia posterior de la sustancia, sin que la Fiscalía demostrara el modo de adquisición ni el conocimiento cierto de su origen ilícito. Además, sostuvo que si existían elementos para sospechar una coautoría directa en la sustracción, no era jurídicamente procedente condenar por encubrir un delito propio. Con el principio in dubio pro reo y el artículo 1º del Código Procesal Penal bonaerense, el Magistrado absolvió al imputado por encubrimiento.
Chascomús: intento de suministro de drogas en la comisaría
Una situación probatoria opuesta se dio en la causa por un hecho ocurrido el 13 de septiembre de 2024 en la Estación de Policía Comunal de Chascomús. Ese día, el imputado cumplía la función de "imaginaria de calabozos", a cargo del resguardo y custodia de los detenidos. Los elementos de la investigación acreditaron que J.B.A intentó suministrar estupefacientes a título gratuito a uno de los detenidos bajo su cuidado, maniobra interceptada antes de consumarse y que derivó en el secuestro de la sustancia.
.El Juez Rabaia encuadró la conducta en el delito de suministro de sustancias estupefacientes a título gratuito, agravado por la condición de funcionario público encargado de la guarda de presos, en grado de tentativa (artículos 42 y 45 del Código Penal, en relación con los artículos 5°, inciso "e", y 11, inciso "d", de la Ley N° 23.737). En los fundamentos, remarcó la gravedad del incumplimiento: "Quien tiene a su cargo la guarda de personas privadas de su libertad se encuentra especialmente obligado a velar por su integridad, por lo que el suministro de sustancias estupefacientes a quienes están bajo su custodia importa una grave infracción a ese deber y un abuso de la posición funcional".
Calificación y alcance de la pena
Al resolver la sanción penal en base a la propuesta abreviada del Fiscal Marcos Scoccimarro y el defensor particular Arano, con la conformidad expresa del acusado, el Juez Rabaia dictó una pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional para J.B.A. Para la modalidad en suspenso se valoraron como atenuantes la ausencia de antecedentes penales, el grado de tentativa y la escasa cantidad de sustancia incautada.
Adicionalmente, el fallo impuso a J.B.A una inhabilitación especial por cinco años para desempeñarse en cargos públicos o integrar fuerzas de seguridad, junto al pago de las costas del proceso y una multa fijada en unidades fijas según la legislación vigente.
