La ARVIGE informa que de acuerdo a la Ordenanza Fiscal 2156/08 (TO 2024) aquellos comerciantes que posean establecimientos cuyo Rubro pertenezca a Supermercados, Venta de Materiales de Construcción y Corralón de Materiales, Bancos y Entidades Financieras regidas por la Ley 21.526, Distribuidoras, Casas de Cambio, Aserraderos, Discotecas y similares serán recategorizados como Grandes Contribuyentes.
Los mismos dejarán de pagar la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene común y pasarán a abonar la Tasa mediante Declaración Jurada de acuerdo a los Ingresos Brutos facturados.
Por otra parte, los contribuyentes pertenecientes a cualquier otro rubro comercial que posean una facturación superior a 1.200.000 (u millón doscientos mil) Módulos ($120.000.000) en el Ejercicio Fiscal 2024 automáticamente serán recategorizados en igual sentido.
Dichos contribuyentes recibirán en su Domicilio Fiscal Electrónico la instrucción a fin de la acreditación de la Declaración Jurada Municipal respectiva y el calendario de cumplimiento de la Tasa, la que se liquidará bimestralmente. En caso de no poder acceder a su Domicilio Fiscal Electrónico deberá comunicarse al 456190 y solicitar el blanqueo de la clave respectiva.