La Agencia de Recaudación de Villa Gesell informó los requisitos obligatorios para acceder al beneficio en la tasa para 2027. La habilitación comercial reempadronada o renovada para 2026 es un requisito excluyente, con plazo límite hasta el 31 de diciembre de 2026.
Redacción - Actualizado 14/10/2026
La Municipalidad de Villa Gesell, a través de la Agencia de Recaudación (ARVIGE), comunicó a los contribuyentes y comerciantes locales las condiciones obligatorias para acceder al Beneficio Abierto Anual 2027, un incentivo fiscal destinado a aquellos comercios que mantienen sus puertas abiertas durante todo el año.
Desde el organismo recaudador recordaron que, además de presentar correctamente las tres facturas requeridas, los comercios interesados deberán contar de manera obligatoria con la habilitación comercial reempadronada o renovada —según corresponda— para el período 2026.
Asimismo, se informó que el plazo límite para completar el trámite de reempadronamiento se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde ARVIGE enfatizaron que el cumplimiento de esta instancia administrativa es un requisito indispensable y excluyente.
En caso de no realizar la gestión en tiempo y forma, los contribuyentes no podrán acceder al beneficio fiscal previsto para el próximo año, por lo que se insta a los comerciantes a regularizar su situación antes del vencimiento.
