13/01/2021 -
Condenan a un sujeto que utilizaba inhibidor de señal para desactivar alarmas y poder robar en vehículos

(Gentileza Compromiso Diario, Dolores).- El Dr. Christian Rabaia actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal n° 1 Departamental, condenó en el marco de un juicio abreviado a un sujeto que perpetró distintos delitos en localidades de la Costa Atlántica, entre ellos el robo en vehículos luego de inhibirles su señal de alarma.


El juicio había sido consensuado por el Fiscal Dr. Gustavo García y el Defensor Particular Dr. Roberto Villalba, con la rectificación expresa del imputado a través de medios telemáticos.


El juez con los elementos de prueba incorporados a la investigación consideró tener legal y plenamente probado:


Hecho I: el 13 de enero de 2019 en la ciudad de Pinamar, Matías Ezequiel Neglis junto a otro sujeto no sometido este juicio, desplazándose en un Peugeot 106 llegaron hasta el lugar donde se encontraba estacionado un Toyota Corolla, donde con la utilización de un Handy que actuaba como inhibidor de señal interrumpieron el mando de cierre a distancia del vehículo, para luego sin ejercer fuerza ni violencia apoderarse de los elementos que se hallaban en el baúl, un bolso, un parlante portátil, 9.000 pesos, cosméticos varios, una valija con prendas de vestir femeninas, una mochila de cuero con documentación personal y la suma de $. 15.000 que se hallaba en su interior.


Hecho II: en horas de la mañana del 3 de enero de ese mismo año, Matías Neglis junto al mismo sujeto referenciado anteriormente, mediante la utilización del Handy como inhibidor de señal interrumpieron el mando de cierre a distancia de una camioneta Volkswagen Amarok que se encontraba estacionada en una estación de servicio YPF de la misma localidad, donde sin ejercer fuerza ni violencia se apoderaron de una computadora Apple MacBook, de dos chequeras, 50.000 pesos y 900 dólares.


Hecho III: en horas de la madrugada del 25 de enero de ese año esas dos mismas personas -partícipes de los hechos anteriores- llegaron hasta un complejo de dúplex ubicado en la ciudad de Villa Gesell, donde luego de romper la cerradura de uno de ellos ingresaron y se apoderaron de siete valijas con prendas de vestir, mochilas, bolsos, parlantes, 8.000 pesos en efectivo, tarjetas de crédito y débito, documentación y otros elementos.


Hecho IV: en esas mismas circunstancias ingresaron a otro dúplex del complejo, donde se apoderaron de seis bolsos, mochilas, alrededor de diez mil pesos en efectivo, un parlante, un par de zapatillas, documentación, tarjetas de crédito y débito, etc.


La investigación: a través de distintas imágenes obtenidas en cámaras de seguridad se pudo determinar la presencia del Peugeot 106 en inmediaciones del lugar donde se perpetró el Hecho I, en una de ellas se observaba que el acompañante llevaba sobre sus rodillas lo que era aparentemente una valija. Más tarde se identificó a su propietaria, pudiéndose determinar que el imputado Neglis poseía cédula de autorización para conducirlo.


En oportunidad en que se interceptó el rodado se incautó un handy, una barreta de hierro con un extremo doblado, una barreta circular, un par de guantes de tela y un trozo compacto de marihuana.


Al peritarse el handy y verificarse su frecuencia se pudo detectar que actuaba como inhibidor de señal, ya que al oprimirse el botón lateral izquierdo interrumpía el mando de cierre a distancia de los vehículos, evitando de ese modo el cierre y apertura.


Al efectuarse un allanamiento en el departamento donde el imputado estaba viviendo en Villa Gesell, se secuestró una mochila, una plancha para pelo y un bolso, además una mujer moderadora tenía bajo su resguardo 6.200 pesos y 1.005 dólares.


Respecto de estos dólares, la víctima del Hecho II los reconoció como suyos por su numeración, ya que eran producto del alquiler de unas cabañas en Mar Azul y había anotado esos números en los recibos que había entregado.


En el celular secuestrado al procesado se pudo obtener conversaciones relacionadas con referencia a los Hechos III y IV, también imágenes de bolsos y valijas que el imputado había enviado y lo relacionaban con los ilícitos, asimismo una foto de una publicación que hacía referencia a la perpetración de los mismos.


El sujeto a prestar declaración había manifestado que no se encontraba en Villa Gesell para esa fecha, pero el Juez resaltó en su veredicto, que al “confrontar su relato con el resto del plexo probatorio merituado, los argumentos y explicaciones esgrimidas… se desvanecen de modo tal, que sólo pueden ser tomadas como simples exculpas sin sustento alguno”.


Por todo ello el Juez Dr. Christian Rabaia resolvió condenar a Matías Ezequiel Neglis, de 29 años de edad, de ocupación “mensajero en moto propia”, nacido en Quilmes y con domicilio en Sourigues (Pdo. de Berazategui), con antecedentes penales condenatorios, como coautor de los delitos de “Hurto simple (Hecho I); Hurto simple (Hecho II); Robo agravado por haberse cometido con efracción (Hecho III); y Robo agravado por haberse cometido con efracción (Hecho IV), todos en concurso real entre sí”, a la pena de “Tres años y tres meses de prisión”.


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