(Gentileza, Diario Compromiso de Dolores) En un juicio oral realizado recientemente en el Tribunal en lo Criminal nº 2 departamental, los Jueces que lo integraron, Dres. Antonio Severino (de primer voto), Claudia Castro y Christian Gasquet, condenaron a un vecino de Villa Gesell juzgado por su responsabilidad de dos casos de abusos sexuales reiterados y agravados perpetrados en esa localidad.
El Dr. Severino en su voto señaló haber formado convicción. Que entre los años 2008 y mediados del 2016 en Villa Gesell, un sujeto que era pareja y convivía con la madre de una menor de 8 años y otros hermanos, aprovechándose de la edad de esta, de su inmadurez sexual como también mediante el uso de amenazas, abusó sexualmente de la niña de manera reiterada, ocasionándole un sometimiento gravemente ultrajante, tanto por el tiempo de duración como por las circunstancias de su realización.
Que lo mismo sucedió con otra menor de 6 años y también hija de su pareja, accionar que mantuvo casi a diario hasta que cumplió sus 16 años.
Los hechos fueron señalados por una de las víctimas a la Psicóloga del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y el Adolescente, indicando que la pareja de su mamá cuando esta estaba trabajando y sus hermanos en la escuela la había abusado por lo menos una vez por semana hasta que ella tuvo 15 años. Que la situación se la había contado a su abuela y esta había hecho la denuncia en el Servicio Local de Villa Gesell, dando detalles de lugares y forma en que los abusos se perpetraban, e indicando que también otra hermana era sometida a esas prácticas sexuales.
El Juez valoró distintos testimonios receptados durante el juicio y dijo, que la primera de las víctimas a pesar de la cantidad de años transcurridos desde aquellos sucesos y la corta edad que tenía cuando sucedieron los traumáticos eventos, había sido conteste en su relato, indicando pormenorizadamente los hechos que había referido en la denuncia, "manteniendo su discurso intacto al día de la fecha, como así también la sostuvo en todas y cada una de las oportunidades".
La joven recordó que la pareja de su mamá le refería que "se dejara" o iba a tocar a SU hermanita de cuatro o cinco años, por lo cual y para resguardarla había decidido ser ella la victima de aquellos aberrantes actos, rogándole al imputado que no lo hiciera con los restantes pequeños hermanos. También dijo, que con el tiempo los abusos se tornaron más fuertes, que la ataba de manos, de pies, la agarraba de los pelos y le pegaba cachetadas en la cara.
Por su parte la hermana de la anterior relató en el debate, que había sido abusada cuando apenas tenía seis años, que el imputado la había llamado a la habitación y la había toqueteado, que al salir del lugar ella le había confesado a su hermana lo ocurrido, que juntas se lo habían trasmitido a su madre pero que esta lamentablemente no les había dado respuesta.
Recordó como siguieron esas prácticas sexuales por parte del padrastro, vivencias que dijo se prolongaron por diez años, que recién cuando tuvo 15 pudo contar lo que venía padeciendo. Dijo que cuando se inició la investigación por los abusos a su hermana ella había negado haber sido víctima también, indicando que había actuado así porque estaba bajo amenaza de muerte y que el imputado hiciera lo mismo con sus hermanitos.
De los dichos de una Psicóloga que entrevistó a las hermanas víctimas, surge que según el parecer de la profesional la madre influenciaba para que no denunciaran los actos a los que eran sometidas, sacrificándose las menores para mantener la unidad familiar.
El Juez Severino consideró que con la totalidad de los elementos valorados tenía por acreditado tanto la materialidad ilícita como la autoría responsable del imputado, ello a "partir de los desgarradores relatos de las víctimas, quienes prestaron un testimonio absolutamente convincente desde su espontaneidad, con la precisión que le aporta su situación personal, coherente, sin contradicciones, acompañado de rasgos tales como angustia visiblemente contenida respecto de los hechos que ocurrieron durante casi toda su infancia y adolescencia". Sosteniendo el Magistrado en su voto, su convencimiento con lo ventilado en juicio "del aberrante sometimiento que las victimas sufrían casi a diario por parte de quien debía darles afecto y contención, más las bestiales modalidades que el imputado utilizaba en aras de su finalidad".
Por ello y acompañado por los otros dos Jueces el Tribunal resolvió condenar a M.M.M., como autor penalmente responsable de los delitos de "Abusos sexuales gravemente ultrajante reiterados, agravado por las circunstancias de su realización, por el tiempo de su duración, por encontrarse el autor a cargo de la educación de la víctima y por aprovecharse de la convivencia preexistente tratándose de una menor de edad...", a la pena de "24 años de prisión", disponiéndose también, que al quedar firme la condena se proceda a extraer al imputado muestra genética para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos, como también al Banco Provincial de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia.
Nota: se omiten nombres o detalles que pudieran identificar a las víctimas.