24/05/2018 - POLÍTICA
Rendición de Cuentas: Dos posturas; una sesión especial

El Concejo Deliberante sesionará hoy, a partir de las 9, para tratar la Rendición de Cuentas del período 2017. Hay dos posturas bien diferenciadas. Y todo hace presuponer que habrá rechazo de la mayoría.


Pinamar (c).- Se llevará a cabo, a partir de las 9, una sesión especial para tratar la Rendición de Cuentas 2017, tema que fue analizado en la Comisión de Presupuesto y ayer por los vecinos en la Audiencia Pública convocada en el CIC de Valeria del Mar.


El Orden del Día tendrá dos puntos, que son:



  1. Expediente Nº 4123-0937/2018 C-1, C-2, C-3 y C-4 - Rendición de Cuentas 2017. Proyecto de decreto.

  2. Expediente N° 4213-0937/18 C-1, C-2, C-3 y C-4 - Rendición de Cuentas HCD. Proyecto de ordenanza.


Fundamentos en contra


La oposición presentará un proyecto de Decreto que rechaza la aprobación de la Rendición de Cuentas.


 


Los fundamentos son estos:


 


Que según lo dispuesto por el Art. 192º inciso 5 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Art. 23º de la Ley Nº 10869 y el Art. 68º inciso 4º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, dentro del Período de Sesiones Ordinarias, debe reunirse en Sesión Especial para tratar la Rendición de Cuentas Municipal. Que el expediente de la Rendición de Cuentas fue recibido en el Honorable Concejo Deliberante nueve días más tarde (9 de abril) del plazo previsto por la ley (31 de marzo). Que la documentación aportada, a diferencia de lo ocurrido con la Rendición de Cuentas de 2016, no fue suscrita por el titular del Departamento Ejecutivo. El único escrito firmado por el intendente es la nota de elevación.


Que algunos formularios agregados al expediente, a diferencia de lo ocurrido con la Rendición de Cuentas de 2016, únicamente se limitan a exponer el último trimestre del ejercicio u otro período de plazo que no coincide con todo el ejercicio 2017 (vgr. fs. 357/358, 381/384, 385).


Que no fue remitido el informe del titular del Departamentos Ejecutivo respecto del cumplimiento de los programas y planes de gobierno previstos en el Presupuesto aprobado para 2017 conforme lo exige el Anexo X de la Resolución del HTC N° 449/2011.


Que tampoco se elevaron los informes establecidos por los Art. 28º y 29º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios (Ejecuciones Físicas Trimestrales de Metas, Proyectos y Obras y causas de sus desvíos), conforme lo exige el Anexo XI de la Resolución del HTC N° 449/2011.


Que el Departamento Ejecutivo no dio cumplimiento efectivo a diversas Ordenanzas que garantizan la transparencia de los actos públicos en nuestro Municipio (ver Ordenanza Nº 3798/10 y modificatorias y 4852/16 sobre acceso a los sistemas informáticos y el RAFAM; y la Comunicación Nº 3327/16 y 3363/16), así como tampoco a las Resoluciones del Tribunal de Cuentas N° 449/11 y 015/16 que establecen el acceso irrestricto de los Concejales al sistema RAFAM.


Que a fs. 385/386 se observa un Inventario de Bienes Patrimoniales desactualizado, lo que imposibilita conocer en forma real la situación patrimonial del Municipio y desvirtúa el estado contable.


Que en relación a la situación financiera del Municipio, se observan avances en relación a 2016 en diversas variables, como por ejemplo el resultado financiero del ejercicio, la deuda flotante, la deuda extrapresupuestaria, el equilibrio en el gasto corriente (ver fs. 256, 258, 388).


Que también se registra un mejor desempeño en la ejecución de los fondos afectados (ver fs. 277/283); no obstante, corresponde destacar que a pesar de las diversas necesidades que atraviesa el Municipio en infraestructura, los fondos de Infraestructura y Equipamiento comunitario, el Educativo y el Solidario arrojan un saldo aproximado de 43, 26 y 7 millones de pesos, respectivamente, al final del Ejercicio (ver fs. 373/374), los cuales deberían ser considerados al momento de formular los Presupuestos Municipales.


Que en relación al gasto corriente, algunas partidas presentan importantes desvíos en la ejecución presupuestaria (ver fs. 338/350 horas extras, combustibles y lubricantes, alquileres de edificios y locales, servicios de hotelería, transporte, comisiones y gastos bancarios, otros servicios comerciales y financieros, publicidad, pasajes y viáticos).


Que independientemente de los avances señalados del Ejercicio, la elevación extemporánea del expediente, los defectos formales y materiales en la presentación de la documentación, el incumplimiento de la normativa referida a transparencia que impide el control efectivo de la gestión, las irregularidades detectadas en el inventario de bienes físicos y el resto de las falencias señaladas en el resto de los considerandos, impiden la aprobación de la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2017.


 


Postura a favor


 


En tanto, desde el oficialismo se presentará un proyecto de Ordenanza, cuyos fundamentos son los siguientes:


Considerando que el Departamento Ejecutivo remite a este Honorable Cuerpo la Rendición de Cuentas Ejercicio 2017 dentro de los plazos y procedimientos establecidos en la Ley 10.869 y modificatoria de la Ley 10.876.


Que corresponde a este Concejo el examen de las cuentas de la Administración municipal; esto es, la Rendición de Cuentas sobre la percepción e inversión de los fondos de la Municipalidad, según las normas establecidas por el Reglamento de Contabilidad y Normas de Administración para municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.


Que el enfoque de esta Ordenanza es valorar los fondos empleados por la Municipalidad y certificar que los fondos utilizados sí tuvieron la finalidad que la Rendición de Cuentas plantea.


En ese sentido, corresponde acompañar la Rendición de Cuentas con su aprobación formal, al no advertirse que hubiera irregularidad en la documentación acompañada.


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