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 REGIONALES - JUDICIALES
Condenan a ocho años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su pareja

21/03/2025

Un sujeto fue sentenciado por abusar sexualmente de una niña en Mar de Ajó. El fallo, dictado en un juicio abreviado, se basó en pruebas contundentes y testimonios clave.


En una sentencia dictada la semana pasada en el Tribunal en lo Criminal N° 2 Departamental, el Dr. Antonio Severino, actuando como juez unipersonal, condenó a ocho años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su pareja. Los hechos ocurrieron en Mar de Ajó, donde el imputado, aprovechando la convivencia con la menor, cometió los abusos en reiteradas oportunidades cuando la niña tenía entre 5 y 8 años.


Según la resolución judicial, a la que accedió el Diario Compromiso de Dolores, el proceso se cerró mediante un juicio abreviado, modalidad que fue ratificada expresamente por el acusado. El juez destacó que, aunque no se pudieron precisar fechas y horarios exactos, las pruebas presentadas fueron contundentes para demostrar la responsabilidad del imputado.


La investigación comenzó luego de que el padre de la niña recibiera un llamado desde la escuela, donde le informaron que su hija presentaba dificultades de atención y comportamiento. Tras consultar con un psicólogo, la menor reveló haber sufrido abusos sexuales y agresiones físicas por parte de su padrastro. Sin embargo, la madre de la niña desestimó las acusaciones, atribuyéndolas a “inventos” de la menor.


El juez analizó los testimonios de la víctima, las pericias psicológicas y las declaraciones del imputado y sus allegados, quienes intentaron minimizar su responsabilidad. En su fallo, Severino señaló que este tipo de delitos “se cometen puertas adentro y sin testigos”, pero destacó que el relato de la niña fue “congruente y coincidente” con las pruebas presentadas. Además, resaltó que la pericia psicológica no encontró indicios de fabulación ni de manipulación por parte de adultos.


Como conclusión, el magistrado determinó que los elementos probatorios eran suficientes para condenar al acusado como autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante” y “abuso sexual agravado por ser cometido aprovechando la situación de convivencia preexistente”.


Además de la pena de ocho años de prisión, el juez dispuso que, una vez firme la sentencia, se extraiga una muestra biológica del condenado para su incorporación al Registro Nacional y al Banco Provincial de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia.


Nota: En cumplimiento de la ley de protección de niños y adolescentes, se omiten nombres y detalles que pudieran identificar a la víctima.


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