16/08/2022 - JUDICIALES
Condenan a pareja de Mar del Tuyú por prostituir a su hija

En el marco de un juicio oral realizado recientemente en el Tribunal en lo Criminal 2 de Dolores, una pareja fue condena al ser hallada penalmente responsable de corrupción de menores y promoción de la prostitución mediando violencia y amenazas, resultando su hija la víctima de esos hechos




 


 


 


El Tribunal estuvo integrado por los Jueces Dres. Antonio Severino, Eduardo Campos Campos y Matías Zabaljauregui, interviniendo como Fiscal el Dr. Diego Bensi y estando la defensa a cargo de la Defensora Oficial Dra. Olindi Huespi y del Defensor Particular Dr. Enrique Tronceda respectivamente. El Dr. Severino (de primer voto) señaló como cuestión preliminar en el fallo al que Diario Compromiso accedió, las nulidades planteadas por la Dra. Olindi Huespi respecto de la declaración de la menor al inicio de las actuaciones, y también la del Dr. Tronceda en cuanto alegó que esa diligencia no había sido ordenada ni por un Juez o un Fiscal, rechazando ambas cuestiones el Magistrado al considerar que no se habían vulnerado garantías constitucionales.


Respecto de los hechos en juzgamiento indicó:


 


Hecho I: que entre los meses de mayo 2018 y febrero de 2019 en Mar del Tuyú, una pareja, progenitores de una menor que tenía entre 11 y 12 años de edad, mediante violencia y amenazas la obligaron a mantener relaciones sexuales contra su voluntad con al menos dos personas, en los domicilios de estos y a cambio de percibir dinero. Que con dicho accionar promovieron y explotaron el ejercicio de la prostitución de su hija menor y la corrompieron.


Al declarar la víctima vía telemática ya que reside en otra provincia, no solo se retractó de lo denunciado sino que desconoció su firma en la actuación, señalando el Juez al respecto, que la menor cuando lo había hecho en la sede del Servicio Zonal de La Costa ante el Fiscal, una Licenciada en Psicología y personal policial, en su extensa declaración había brindado cantidad de detalles del calvario vivido, mostrando además preocupación por sus hermanos, puntualmente por situaciones similares a la denunciada que una habría sufrido.


“La retractación forma parte de la sintomatología del abuso sexual” resaltó una perito al declarar en el juicio. Por su parte la psicóloga que entrevistó a la menor, señaló la vergüenza que la niña tenía de formar parte de “un negocio" donde era obligada por sus progenitores a poner el cuerpo por sexo, indicando también, que en sus dichos no se percibían indicios de fabulación o ideas inducidas por terceros.


Tanto la madre como el padre de la menor negaron los hechos y dieron su propia versión, pero el Juez señaló descreer de sus relatos ya que los elementos probatorios no daban apoyatura alguna a esas manifestaciones.


 


Hecho II: que en ese mismo período un sujeto, vecino de Mar del Tuyú, promovió la prostitución de esa menor cuando era llevada a su domicilio por sus propios padres


Contrariamente a lo sostenido por el Fiscal el Juez entendió que no estaba acreditada la autoría del imputado en el hecho descripto, precisando que la menor había nombrado a un tal "Roberto" como la persona a cuyo domicilio la llevaban a prostituirse, pero que había dicho que padre e hijo tenían el mismo nombre y no recordar cuál de ellos era el sujeto perpetrador, Que asimismo, la niña había descripto el supuesto domicilio donde era llevada por su progenitura, aportando precisiones sobre la pintura de las paredes, el diseño de la escalera caracol, los objetos que decoraban la vivienda, de cuadros, la existencia de aparatos de aire acondicionado, incluso la presencia de "santos " en el lugar. Que sin embargo al allanarse dicha vivienda no se pudo corroborar los detalles señalados por la víctima, ni el color de la pintura de las paredes, ni la decoración, ni las características de la escalera, ni los cuadros descriptos, como tampoco la existencia de santos.


 


Los restantes Jueces votaron en el mismo sentido que el Dr. Severino, resolviendo por unanimidad condenar a J.L. de 39 años de edad, y a M.F. de 42 años, ambos nacidos en Misiones, como coautores responsables del delito de “Corrupción de menores agravada por ser la víctima menor de 13 años, por haber mediado violencia y por el vínculo; promoción y explotación de la prostitución de una menor de 13 años, agravada por el vínculo y por mediar violencia y amenazas, todo ello en concurso ideal”, imponiéndoles “12 años de prisión”.


Respecto del tercer imputado, resolvieron absolverlo por no haberse probado la autoría responsable en el delito por el cual fuera requerido a juicio, ordenándose su inmediata libertad desde la Unidad Penal VI de Dolores donde se encontraba detenido


 


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