10/06/2021 - EDUCACION
Valeria del Mar apunta a contar con una Escuela Secundaria

El proyecto aprobado por el Concejo Deliberante busca que la localidad cuente con un nuevo edificio escolar. Y deja la puerta abierta para que la Escuela Primaria 4 “Mar Argentino” cuente con un nuevo inmueble.


Pinamar ©.- EL Concejo Deliberante aprobó una ordenanza en la cual se dio un paso importante para la creación de una Escuela Secundaria en Valeria del mar como también de un nuevo edificio para la actual Escuela Primaria 4 “Mar Argentino”, al haber quedado chica por la gran cantidad de matrícula que hoy cuenta.


El texto de la ordenanza, aprobada por unanimidad en la última sesión, dice así:


Visto:


El Expediente Nº 4123-1450/21 Cuerpo 1 caratulado "SECRETARIA DE EDUCACION"PROYECCION DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS Y RESGUARDO DETIERRAS P/CONSTRUCCION"; Y


CONSIDERANDO:


Que la Ordenanza Nº 4382/14 asigna tierras en la Localidad de Valeria del Mar para la construcciónde la EES N°5, a pedido de las autoridades educativas locales del momento y con objeto de llevar unservicio de educación secundaria a dicha localidad, permitiendo de esta manera la articulación con losestudiantes que egresan de la EP N° 4.


Que la Ordenanza Nº 4800/16 modifica la 4382/14 otorgando tierras también para la construcción deun Jardín Maternal, pero sostiene la construcción de la EES N°5 en la Localidad de Valeria del Mar, tallo solicitado oportunamente por las autoridades educativas.


Que en función de la planificación educativa proyectual, el Jardín Maternal puede ubicarse en espaciosalternativos estratégicos. Conforme a lo dialogado en la UEGD, donde se planteó la posibilidad dereubicación del Jardín Maternal por condiciones espaciales y características propias del nivel.


Que según el crecimiento educativo proyectual realizado por la Secretaría de Educación obrante enFojas 2 a 16, será necesario establecer nuevos espacios para ubicar los futuros establecimientosescolares durante los próximos 10 años, y en este trámite futuro, se podrá reubicar el espacio para elJardín Maternal mencionado.


Que la demanda de matrícula del nivel secundario en el Distrito implicó la puesta en marcha de lanueva Escuela de Educación Secundaria N° 5 durante el ciclo lectivo 2020, y para ello se dispusotransitoriamente el funcionamiento en un edificio Municipal.


Que el desarrollo escolar es altamente valorado por la Municipalidad de Pinamar, entendiendoque unaresolución integral fortalece la eficiencia y los resultados del equipamiento comunitario.


Que a los efectos de la planificación estratégica ya propuesta en el año 2014, y con el aval de losmiembros actuales de la UEGD, se define ratificar el emplazamiento de la EES N° 5 en la Localidad deValeria del Mar, tal lo planificado oportunamente.


Que el Consejo Escolar, a través de documentación facilitada por la representante de la DPIE,informacantidad de metros cuadrados necesarios para el emplazamiento de edificios de losdistintos niveleseducativos.


Que según información brindada por el Consejo Escolar en distintas reuniones de UEGD, es menesterpropiciar el reemplazo del actual edificio de la EP N°4 de Valeria del Mar, debido a sus dimensiones ysus limitaciones edilicias, teniendo en cuenta sus 24 secciones, siendo la escuela primaria con mayormatrícula del Distrito.


Que es necesario que el nuevo edificio de la EP N°4 se construya en la misma localidad, cercano alactual y también al de la nueva EES N°5, favoreciendo de esta manera la articulación escolar y laorganización de la comunidad.


Que en función de un mejor aprovechamiento de los recursos territoriales y considerando eldesarrollode las actividades educativas en el tiempo, resulta necesario concebir al conjunto de losespacioseducativos como una totalidad, que permita elaborar estrategias de funcionamiento integrales.


Que a tal efecto, la Dirección de Planeamiento considera oportuno resolver la ubicación de ambosestablecimientos educativos en las reservas de equipamiento comunitario creadas por Plano N°39-52-58. Entendiendo que este lugar estratégico no solo responde a un aspecto de localizacióngeográfica, a partir de las equidistancias de los sectores de atención, sino también por la cercaníaalsistema vial principal y de la red de transporte público, sumado a que se encuentra frente a un espacioverde libre y público, lo que permitiría eventualmente resolver demandas deesparcimiento de lospropios establecimientos.


Que la superficie de dichos terrenos permite disponer de los espacios cubiertos y descubiertosnecesarios según las superficies mínimas requeridas, expresadas en metros cuadrados poralumno,detalladas en las Normas Básicas para ambos niveles educativos, establecidas por la DPIE.


Que en tal sentido, la Dirección de Planeamiento presenta la propuesta estratégica para laubicación delos mencionados servicios educativos en la reunión de UEGD llevada a cabo el día martes 18 de mayodel corriente año y que esta propuesta fue avalada por unanimidad, tal y como se menciona en elinforme del Consejo Escolar Pinamar, obrante a fs. 34 y 35 del expediente del visto.


Que para ello, resulta necesario realizar modificaciones a la Ordenanza Nº 3415/06.


Que en virtud de lo expuesto, para cumplirse con los objetivos propuestos, debe efectivizarse elcompromiso institucional por parte de este Honorable Concejo Deliberante cediendo a laDirecciónGeneral de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, dichas Reservas de EquipamientoComunitario para la construcción de diferentes establecimientos educacionales.


POR ELLO:


El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias, sanciona la siguiente


ORDENANZA


ARTICULO 1º: Deróguese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 4800/16 y también el Artículo 2º de laOrdenanza Nº 4382/14.


ARTICULO 2º: Modifíquese la Ordenanza Nº 3415/06 Artículo 1 donde dice: "Las parcelas 9 a 13destinadas como Reserva de Equipamiento Comunitario de la Manzana 59, Sección X,CircunscripciónIV, de la Localidad de Valeria del Mar para la Construcción de una Escuela Secundaria Básica N° 4 yuna Escuela de Enseñanza Media N° 2 en la intersección de las calles Itatí y Corbeta Julieta" deberádecir: "Las parcelas 9 a 13 destinadas como Reserva de Equipamiento Comunitario de la Manzana 59,Sección X, Circunscripción IV, de la Localidad de Valeria del Mar, para la construcción del nuevoedificio de la Escuela de Educación Primaria N° 4, con una superficie de 2935,50 metros cuadrados,según Plano de Mensura 39-52-58, por reposición de edificio actual."


ARTICULO 3º: Cédase a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de BuenosAires la Reserva de Equipamiento Comunitario conformada por las Parcelas 2, 3, 4 y 5 de la Manzana63, Sección X, Circunscripción IV de la localidad de Valeria del Mar, para la construcción del edificiode la Escuela de Educación Secundaria N° 5, ubicadas sobre la calle Corbeta Julieta entre Sgto. Mayorde Marina G. Bathurst y Coronel Franklin Seaver, con una superficie de 2800 metros cuadrados segúnplano 39-52-58.


ARTICULO 4º: Las presentes cesiones son intransferibles, exclusivamente para la utilización deequipamiento educativo, y quedan supeditadas a que en un plazo de veinticuatro (24) meses corridos apartir de la promulgación de la presente, se presente la documentación de obra en la Dirección deObras Particulares, o similar y se dé inicio de obra. En caso de no dar cumplimiento al presente plazo,se revertirá la cesión automáticamente.


ARTICULO 5º: Las cesiones se extinguen en caso de verificarse uno o más de los siguientessupuestos: incumplimiento del plazo establecido en el artículo 4º, imposibilidad de cumplimentar elobjeto previsto en el Artículo 3º, revocación, abandono e insuficiente mantenimiento, daño deliberadodel bien por acción u omisión del beneficiario, o hechos en forma potencial o efectiva que tiendan adisminuir su valor.


ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dese Registro Oficial, cumplido, archívese.


09/06/2021


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