10/06/2021 - Se reglamentó la Ley de Talles: habrá un sistema único normalizado para la indumentariaLa Ley 27.521 rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos. La norma fue sancionada hace más de un año y medio en la Cámara de Diputados El gobierno nacional reglamentó la Ley de Talles, que establece un sistema único normalizado de identificación de talles de indumentaria en todo el país a través de un decreto publicado este miércoles en Boletín Oficial
En efecto, se excluyó la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de consumidoras y consumidores; los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros, entre otros) y los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales.
Según el texto oficial, "la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores".
Cómo se establecerán los talles
El Consejo "no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional", aclaró el Gobierno, y puntualizó que estará conformado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.
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