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JUDICIALES
Condenan a seis meses en suspenso a un hombre por abuso sexual en Madariaga
La Justicia de Dolores condenó al hombre por tocamientos indebidos contra una niña de 5 años en General Madariaga. Deberá cumplir pautas de conducta y tratamiento psicológico por dos años. Los datos del condenado fueron omitidos para preservar la identidad de la víctima.


Redacción - Actualizado 06/10/2026

En un fallo dictado en el marco de un Juicio Abreviado, el Juzgado en lo Correccional N° 2 Departamental, a cargo del Dr. Jorge Martínez Mollard, condenó a un hombre por el delito de abuso sexual simple, previsto en el artículo 119, primer párrafo, del Código Penal. La sentencia se originó a raíz de un hecho ocurrido en General Madariaga, lo que le da relevancia local al caso.

Según consta en la resolución judicial a la que accedió DIARIO COMPROMISO de Dolores, el ilícito tuvo lugar durante la noche del 24 de febrero de 2022 en el interior de una vivienda de esa localidad. La víctima, una niña que en ese entonces tenía 5 años, se encontraba jugando con su primo de 12 años en un dormitorio cuando el imputado, pareja de la tía de la menor, se sentó en la misma cama y cometió tocamientos indebidos por encima de sus prendas de vestir.

El hecho fue advertido en el momento por el primo de la víctima mientras utilizaba un dispositivo móvil. Al día siguiente, el menor relató lo sucedido a su madre, quien confrontó a la niña y al imputado. Tras la confirmación de la víctima, se radicó la denuncia en la Comisaría de la Mujer y la Familia de General Madariaga.

Entre las pruebas valoradas por el Magistrado se incluyeron la denuncia penal, los testimonios de las adultas intervinientes, la declaración de la víctima bajo el artículo 102 Bis del Código Procesal Penal Bonaerense, el testimonio del menor testigo presencial, actas de inspección ocular y croquis del lugar, y un informe psicológico oficial realizado a la niña. Este último concluyó que la menor presentó un discurso coherente y adaptado a la realidad, sin indicadores de fabulación, aunque con respuestas de malestar y tensión al abordar el suceso.

Al ser citado a declarar, el imputado negó los tocamientos y sostuvo que solo jugaba con los menores en la habitación. Sin embargo, el Juez determinó que su descargo no logró desvirtuar el cuadro probatorio de cargo reunido por la Fiscalía.

La causa se resolvió mediante un Juicio Abreviado, con la intervención del Fiscal Mario Pérez y el Defensor Oficial Carlos Fortini. De acuerdo con la Ley Provincial N° 15.232 de Derechos y Garantías de la Víctima, se contactó telefónicamente a la madre de la niña, quien prestó su conformidad para el cierre del proceso bajo esta modalidad.

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En el fallo, se condenó a D.A.M. a seis meses de prisión en suspenso. Para mantener la libertad condicional, el condenado deberá cumplir durante dos años con las siguientes pautas de conducta: someterse al control del Patronato de Liberados, fijar domicilio legal, cumplir con la prohibición absoluta de acercamiento y contacto hacia la víctima y su madre, y someterse a un tratamiento psicológico especializado orientado a un taller de nuevas masculinidades.

Los datos del condenado fueron omitidos para preservar la identidad de la víctima.


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