10/01/2020 - JUDICIALES
Condenan a individuo que usurpó y arrendó potreros de un campo en Madariaga

Además, el imputado queriendo justificar sus derechos, había presentado un contrato de arrendamientos con la firma adulterada de la notario que lo certificaba


(Gentileza Diario Compromiso, Dolores).- En el marco de un juicio abreviado sustanciado en el Juzgado Correccional nº 1 Departamental, el Dr. Emiliano Lazzari condenó a un individuo juzgado por varios delitos derivados de haber ocupado un campo en el Partido de Gral. Madariaga y haberlo arrendado.


 


El Juez al analizar el caso señaló tener legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:


 


Hecho I: entre febrero y marzo de 2015 un sujeto identificado como Osvaldo Oscar Cufré, aprovechando la ausencia del encargado, ingresó en forma clandestina a uno de los potreros del Establecimiento “La Madrugada” en el partido de Gral. Madariaga, despojando de esa manera de la posesión a sus tenedores. Que seguidamente el individuo tras ejercer fuerza sobre el candado de una tranquera de otro potrero ingresó al mismo, despojando a los tenedores de la posesión al colocar un nuevo candado, el que les impedía de este modo el acceso.


 


Hecho II: con fecha 29 de julio de 2015 el mismo sujeto simulando ser propietario arrendó como propios potreros del establecimiento “La Madrugada” por la suma de 45 mil pesos, generando al arrendatario un perjuicio patrimonial toda vez que se encontraba en posesión de los mismos en forma gratuita desde hacía aproximadamente 22 años.


 


Hecho III: el mismo sujeto el 21 de abril de 2015 presentó para ser agregado a la investigación un contrato de arrendamiento rural en relación a ese establecimiento, con firmas certificadas por un notario a sabiendas que la misma resultaba apócrifa. Y en agosto de ese mismo año adjuntó un Contrato de Arrendamiento Rural con firmas certificadas por una Notaría, a sabiendas también que la misma resultaba apócrifa, todo ello con la clara intención de hacer incurrir en error al magistrado interviniente y obtener así un pronunciamiento violatorio de la propiedad ajena y mantenerse en posesión del Establecimiento usurpado, no logrando su cometido al haber sido advertidas las maniobras por la autoridad judicial.


 


El encargado del campo al realizar la denuncia puntualizó haber constatado que el pasto del potrero que daba a la Ruta 74 se encontraba cortado, estaba haciendo rollos de pasto con fines de comercialización, que estaban también cortando o podando árboles, y que una persona que desconocía manifestaba haber arrendado el lugar por diez años. Que ante la información recibida de los responsables del establecimiento diciendo que eso no era así, se había dirigido a denunciar lo que ocurría, señalando también que había comprobado que habían roto el candado de una tranquera, lo habían dejado colgando de un eslabón y reemplazado por otro.


 


La policía realizó un informe de dicha situación identificando como encargado de los trabajos que se estaban realizando, a una persona que identificaron como Osvaldo Cufré.


 


Quien le había arrendado un potrero al imputado dijo que éste se llamaba Cufré, quien lo había citado a una confitería de Madariaga donde le había pagado 45.000 pesos en efectivo por un año de arrendamiento del potrero, que no habían firmado ningún contrato, pero que esa persona le había entregado un recibo, del cual aportó una copia a la investigación. Señaló este testigo que por la documentación que mostraba había pensado que era el dueño, enterándose después que en realidad usurpaba unos potreros.


 


Cuando se solicitó al denunciado que aportara el contrato de arrendamiento original que decía poseer, presentó una “Copia Certificada” del mismo, certificada por un escribano.


 


Y en relación a la autenticidad de la certificación de las firmas en un contrato de arrendamiento, la titular de un registro del partido de Merlo señaló que la foja de actuación notarial no era auténtica, que los datos allí consignados no se correspondían con los obrantes en el Libro de Requerimiento, que la firma obrante no era la suya, que desconocía a las personas que figuraban en esa actuación, que tampoco surgían de sus registros que hubieran realizado trámite alguno en su escribanía.


 


Por todo ello el Dr. Emiliano Lazzari resolvió condenar a Osvaldo Oscar Cufré, de 65 años de edad, nacido en San Miguel y con domicilio en Ostende (Pdo. de Pinamar), como autor penalmente responsable de los delitos de “Usurpación; Defraudación; Estafa procesal en grado de tentativa; en concurso ideal con Uso de documento falso”, y a quien impuso una pena de “Un año y seis meses de prisión de ejecución condicional”.


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