11/09/2019 - JUDICIALES
Condenan a autores del robo al estudio jurídico del Dr. Zamora, en Dolores

El juicio oral se realizó en el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental, siendo la sentencia dictada por los jueces por unanimidad. Los hechos ocurrieron en una noche de agosto de 2016, luego que los delincuentes utilizaran un ardid para llegar en ese horario al estudio jurídico del abogado. Luego, fueron a la casa de la familia.


Dolores (Diario Compromiso)-. En un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal n° 1 Departamental, los Jueces Dres. Claudia Castro,  Carlos Colombo y Christian Rabaia condenaron a los dos individuos juzgados por el robo perpetrado en el estudio del Dr. Héctor Zamora y en su casa de familia.


El Dr. Rabaia (de primer voto), consideró tener legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:


Hecho I: alrededor de las 22 hs. del 23 de agosto de 2016, los imputados Osmar Etever Junco y Mauricio Ezequiel Junco llegaron al Estudio Jurídico del Dr. Zamora en calle Márquez en razón de una cita acordada previamente. En el lugar y mediante la utilización de armas de fuego intimidaron a Zamora y al Dr. Juan Francisco Caraccio que lo acompañaba, los redujeron sujetándolos de manos y pies con precintos de plástico, les exigieron dinero, apoderándose del que tenía el titular del Estudio entre sus ropas y del que se hallaba en la caja de seguridad, mientras que al Dr. Caraccio le sustrajeron dinero y un teléfono celular. Luego los dejaron atados y amordazados en el baño.


Hecho II: luego de perpetrado este ilícito los sujetos se dirigieron a la vivienda particular del Dr. Zamora, donde luego de franquear la puerta amenazaron a su esposa e hija, y diciéndole que tenían secuestrado al abogado les exigieron la entrega de dinero, para luego de colocarles precintos en pies y en las manos apoderarse de sus ahorros y teléfonos celulares.


El Juez valoró los elementos incorporados a la causa y distintos testimonios recibidos durante la instrucción y en la vista de causa, en especial el del Dr. Zamora, quien dijo que una persona se había contactado con su Estudio para contratar su servicio en un caso de robo de hacienda, detallando las acciones emprendidas, entre ellas la presentación de un escrito de eximición de detención y un habeas corpus en La Plata. Precisó que posteriormente y para abonarle los honorarios, aquella persona que lo había contratado se había comunicado telefónicamente diciéndole que esa noche iría a su Estudio. Que para la hora acordada habían llegado en dos vehículos las personas que perpetraron el robo, contando detalles de cómo había ocurrido, indicando que Caraccio había logrado zafar de las ataduras y dar aviso a la policía, quienes a él lo liberaron y a quienes alertó que esos sujetos se habían dirigido a su casa de familia. Como detalle dijo que a uno de los delincuentes le temblaban un poco las manos, como si tuviera el mal de Parkinson, estimando que el robo había sido muy bien planeado, que por lo que conoció después eso habría sido en San Clemente del Tuyú, que era alguien que sabía que había cobrado el alquiler de un campo. Agregó haber recibido un llamado telefónico a los pocos días donde una mujer señalaba a quienes eran los autores del robo, contó de las averiguaciones personales que había realizado, señalando en la sala a los dos imputados como los autores.


De su parte el Dr. Caraccio relató los pormenores de lo ocurrido, puntualizando que habían llegado al Estudio en un Toyota Corolla dos personas, detalles de cómo habían sucedido los hechos, de las dudas en el reconocimiento por fotos, de por qué en el de personas el temblequeteo de la mano de uno de ellos lo había terminado por convencer.


De su parte la esposa y la hija del Dr. Zamora relataron lo que había sucedido en su casa, de cómo todo el tiempo las habían amenazado, de cómo las habían atado con precintos, de lo robado, del identikit de los delincuentes, de los reconocimientos en rueda de personas. La primera señaló que a la persona mayor le temblaba la mano, y que por eso había tenido miedo que se le escapara un tiro.


De parte de las defensas declararon familiares y personas que se reúnen en una iglesia de la Costa, quienes de una u otra forma dijeron descreer que los imputados fueran los autores del robo.


Sin embargo para el Juez Dr. Rabaia los reconocimientos tanto en fila de personas como en fotografías, las víctimas con claridad los habían sindicado como los autores de los hechos de los que habían resultado víctimas, lo que se erigía con “un vigoroso elemento de cargo”. También valoró en ese sentido  que se trataba de una persona joven y otra mayor, la que tenía temblor en la mano derecha y dificultades para movilizarse. La relación o vinculación entre ellos (abuelo-nieto), la frecuencia de trato y el hecho de vivir en la misma localidad.


Los otros Jueces votaron en el mismo sentido, razón por la cual el Tribunal por unanimidad resolvió condenar a Osmar Etever Junco, de 80 años de edad, nacido en General Conesa; y a Mauricio Ezequiel Junco, de 25 años; ambos con domicilio  en Mar del Tuyú, como coautores de los delitos de “Robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido ser acreditada y Privación ilegal de la libertad agravada, por haberse cometido en poblado y en banda y privación ilegal de la libertad agravada”, imponiéndoles a ambos una pena de “Seis años de prisión”.


 


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