14/03/2019 - JUDICIALES
Lo condenan por pegarle en el rostro a una abogada

En un confuso episodio, según la Juez, ocurrido en un edificio de San Bernardo cuando la profesional y su cliente procuraban ingresar a un departamento heredado


La titular del Juzgado Correccional Nº 3 de Dolores, Dra. Analía Pepi, condenó recientemente en el marco de un juicio abreviado a un vecino de San Bernardo juzgado por “lesiones, hurto y amenazas”, hechos presuntamente ocurridos en dicha localidad y del que resultara víctima una abogada.


 


Según se indica en el fallo, en horas de la mañana del 2 de enero de 2017 en el interior del edificio Europa XI en San Bernardo, un individuo le propinó a una abogada golpes de puño en el rostro y luego con un bastón de metal, para luego retirarse llevándose consigo una o unas carpetas de propiedad de la víctima.


 


Advirtió la Juez en primer término, que debido a la calificación principal el juicio debería haber sido de competencia criminal y no correccional, pero que las partes habían consentido la intervención de su Juzgado Correccional, como también no haber incluido en el acuerdo el hecho principal, el cual precisó no había sido descripto.


 


La abogada al efectuar la denuncia manifestó que representaba al heredero de la fallecida dueña de un departamento, que ese día había llegado al lugar junto con aquel y habían solicitado las llaves al administrador, quien había manifestado que estaban en poder del encargado del edificio, quien dijo no tenerlas, razón por la cual se había convocado un cerrajero. Que en momentos en que éste abría su caja de herramientas desde el ascensor había salido una persona acompañada por una mujer, quien directamente se había dirigido a ella increpándole y diciendo ser “amigo de la familia”, pidiéndole ella que se retirara,  ya que tenía en su poder el testamento de la señora fallecida y sabía que no tenía familiares. Indicó la denunciante que en esas circunstancias el individuo la había amenazado, tras lo cual le había propinado dos golpes de puño en el rostro, derribándola, tras lo cual había sacado un bastón de metal con el cual había comenzado a pegarle a ella y a su cliente, mientras le sustraía de entre sus manos una carpeta con documentación relacionada con el testamento y el departamento, tras lo cual se había retirado junto a la mujer que lo acompañaba. Precisó la abogada no conocer al agresor, agregando que al bajar del ascensor se lo veía alterado y que cuando le dijo que era abogada “se sacó”.


 


El cliente de la abogada era su hermano y a su vez esposo de una sobrina de la mujer fallecida, quien precisó que una escribana les había informado de un testamento que los dejaba como herederos de los bienes de la fallecida. Asimismo dijo que el agresor era amigo de un ahijado de esta señora, señalando de un entredicho que había tenido con este último durante su funeral. Fue concordante en todo con la narración de la abogada en cuanto a los hechos ocurridos en la puerta del departamento, señalando que la documentación que había en la carpeta que le había sido arrebata por el agresor había fotocopias, que los originales los conservaba dentro de un maletín.


 


El imputado dijo que había ido al departamento pensando que estaba su amigo, a quien había visto por esos días muy triste. Que al llegar una mujer, que se presentó como abogada lo había increpado para que se identificara, que habían empezado a discutir y que en medio de lo que ocurría sin querer le había dado un golpe en la cara, logrando sacarle el bastón a la persona que la acompañaba y con el que este le pegaba, devolviéndole algunos golpes. Sin embargo y según resaltó la Juez, “la denunciante tenía lesiones y el imputado no”.


 


Por su parte el encargado del edificio declaró, que el imputado había sacado de entre su pantalón un fierro extensible y había comenzado a pegarle al heredero del departamento, resaltando el grado de agresividad que mostraba el primero.


 


La Dra. Pepi tal como lo había resaltado al comienzo de su fallo reiteró que se trataba de un hecho confuso, resaltando que la lesiones que había sufrido la abogada había sido “por su condición de abogada y no por su condición de mujer”, que el hecho descripto debía ser calificado como “lesiones leves” y no como se había consensuado en el acuerdo de juicio abreviado. Que no se había acreditado las amenazas denunciadas, que el imputado se hubiera apoderado de la carpeta, ya que había testimonio que decían que la misma estaba en el suelo y la posibilidad que el procesado se hubiera confundido con una suya y levantado. “Todo ocurrió de una manera muy confusa, y muy rápido, con lo cual no puedo descartar de plano la versión del imputado…” resaltó la Juez.


 


Finalmente la Dra. Pepi resolvió absolver a Nicolás David Zungri, de 40 años de edad, nacido en Ramos Mejía (Buenos Aires) y con domicilio en San Bernardo, de los delitos de “hurto amenazas por uso de armas), pero sí lo condenó por “lesiones leves”, imponiéndole una pena de “seis meses de prisión de ejecución condicional”.


 


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