06/12/2017 - VENTA AMBULANTE Se aprobaron los cánones para los rubrosDesde el área de comercio de la Municipalidad de Villa Gesell dieron a conocer los valores que deberán abonar aquellas personas que sean parte de la venta ambulante en el Partido. La Dirección de Comercio de la Municipalidad de Villa Gesell dio a conocer los valores que se dispusieron desde el Ejecutivo en concordancia con el Honorable Concejo Deliberante para la venta ambulante en el Partido. Los rubros contemplados en la Ordenanza, en los incisos a) Helados y ensaladas de frutas, c) Churros y facturas, d) Chipá y Pan relleno, e) Panchos, f) Choclos, y g) Pochoclo, garrapiñadas, barquillos, pirulines y cubanitos; deben contar con esta capacitación, que se suma a los demás requisitos, entre los que se encuentran: ser mayor de 18 años de edad, poseer Libreta Sanitaria actualizada y expedida por la Municipalidad de Villa Gesell, no poseer deuda en concepto de Canon por venta ambulante con la Municipalidad de Villa Gesell, declarar domicilio de residencia temporal o permanente en el Partido de Villa Gesell, DNI y Fotocopia, dos fotos a color tamaño carnet. Además, el valor de los cánones aprobados por el HCD son los siguientes: a) Helados; Pesos seis mil quinientos ($6.500). b) Gaseosas, agua mineral, agua saborizada y café; Pesos siete mil ($7.000). c) Churros y facturas; Pesos ocho mil ($8.000). d) Chipá y pan relleno; Pesos seis mil ($6.000). e) Panchos; Pesos ocho mil ($8.000). f) Choclos; Pesos siete mil ($7.000). g) Pochoclo, garrapiñadas, barquillos, pirulines y cubanitos; Pesos seis mil ($6.000). h) Barriletes; Pesos seis mil ($6.000). i) Bijouterie y accesorios de manufactura artesanal; Pesos siete mil quinientos ($7.500). j) Pareos, gorros, sombreros y todo otro artículo asimilable a los mismos, quedando a criterio de la autoridad de aplicación; Pesos diez mil ($10.000). Para la inscripción, se establecerá un día y un horario específico por cada rubro y, así, los interesados podrán realizar el trámite de manera ágil y cómoda. |
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