01/02/2017 -
CON PEDIDO DE PUBLICACIÓN

En relación a las notas de público conocimiento, el padre Alejandro Martínez nos acercó la respuesta de la abogada penalista Patricia Perelló al Monseñor Marino.


La nota dice lo siguiente:

De mi mayor consideración:

En respuesta a la solicitud de información acerca de la causa penal oportunamente tramitada respecto del Padre Félix Alejandro Martínez, puedo afirmar lo siguiente:
He actuado por doce años en carácter de defensora del profesor Fernando Melo Pacheco, razón por la cual soy una de las personas que conoce con mayor profundidad todo lo sucedido en la investigación, a los denunciantes y también a las personas denunciadas, que han padecido, y por lo visto, aún padecen, una persecución sin motivo alguno.
Es difícil resumir en este informe lo ocurrido en todos estos años, mas como cuestión previa e indubitable quiero expresar que los hechos denunciados jamás sucedieron, que solamente la incapacidad de reflexión de los denunciantes, en muchos oportunidades recae en la irracionalidad, y el asesoramiento interesado y malicioso de ineptos profesionales, tanto del derecho como de la psicología, fue el motivo por el cual se pudo orquestar una causa penal como la sufrida por el profesor Fernando Melo Pacheco, y subsiguientemente por el Padre Félix Alejandro Martínez y la mayor parte del personal del Colegio Nuestra Sra. del Camino.
Una de las personas que se dirige a S. S. con el objeto de utilizar su poder e influencia, pretendiendo subvertir lo resuelto por la justicia en múltiples oportunidades, la Sra. VA, ex esposa de G U, quien dio comienzo a la pesadilla que debió padecer gente inocente, durante largos años, fue la que llevó adelante una verdadera campaña, contando con la complicidad de su representante, el inescrupuloso abogado Julio Mario Razona, y de una psicóloga que usó su profesión para elaborar falsos informes de abuso, me refiero a la Lic. Ana María Birades.
Esta psicóloga se encuentra sometida a proceso por el delito de falso testimonio agravado en esta causa, por solicitud tanto de la fiscalía como de la defensa, por haber elaborado los falsos informes que sostuvieron el proceso a Fernando Melo Pacheco, siendo criticada fuertemente, en forma merecida, por el Tribunal Oral Nº 1 de Mar del Plata, en la sentencia de absolución de Melo Pacheco.
Los denunciantes destruyeron las instalaciones del colegio, persiguieron, golpearon e insultaron reiteradamente a sus docentes, realizaron escraches en la puerta de sus casas, empapelando la ciudad con carteles con la foto del profesor, del padre Alejandro y de la Directora de nivel inicial con la inscripción “abusadores”, durante años, sin escuchar a las autoridades de la escuela que querían explicarles que era imposible que hubieran sucedido los hechos denunciados.
Tampoco escucharon a los psicólogos a quienes acudieron para realizar diagnósticos sobre sus hijos, quienes les informaban que se encontraban bien, que no tenían ningún síntoma de abuso.
En cambio, por consejo del abogado Razona, llevaron a los menores a la Lic. Birades, la que realizaba informes de abuso sin sustento alguno, sólo para que sirvieran como sustento a las denuncias.
Siete meses después de radicada la denuncia contra el profesor Melo Pacheco, cuando los denunciantes advirtieron que no podría prosperar su versión de los hechos sin involucrar a todo el colegio, dado que las clases de gimnasia de los niños se daban en un lugar de acceso público permanente, ampliaron sus declaraciones y mencionaron como autores de los abusos, no sólo al profesor, sino también al Padre Alejandro, a la Directora de Jardín, a las docentes, a la portera, al chofer del transporte escolar, al personal de mantenimiento, al fotógrafo del establecimiento, etc., a tal punto han llegado los dislates afirmados por estas personas.
Fue entonces que se separó de la causa principal una causa contra el profesor Melo Pacheco y el Padre Martínez, la IPP Nº 148.469 en referencia a otros niños, pero luego de investigar y advertir lo inverosímil del contenido de las denuncias, la fiscal solicitó el sobreseimiento de ambos, al que hizo lugar el juez de garantías, y luego la cámara de apelaciones.
Debo señalar que en esta causa el Padre Martínez no fue procesado, ni siquiera fue indagado, por ausencia total de pruebas que lo posibilitaran.
No obstante ello, el particular damnificado, recurrió ante el tribunal de casación, que resolvió continuar la investigación por dos menores, C B y A T C.
Esta causa se encuentra a la fecha prescripta, pero debo señalar que el padre de la menor CB, Sr. MB, una de las personas que se mostró más violenta en los inicios de la causa, destruyendo las instalaciones del colegio, agrediendo a los docentes, privando de la libertad junto a GU, a la psicóloga del colegio, dando notas en TV en forma permanente contra el colegio, el padre y el profesor, fue luego condenado por el abuso sexual de su hijastra a la pena de doce años de prisión por el Tribunal Oral Nº 2 de Mar del Plata, con fecha 26 de Octubre de 2010, en la causa Nº 3.523.
Mas no ha sido solamente esta persona quien ha pretendido esconder el abuso familiar y desplazarlo al colegio y a sus autoridades, la Sra. Jaquelina CM, con pleno conocimiento de que su esposo, RB, abusaba de su hija, acusó al profesor y luego al resto de las autoridades escolares, buscando, como el resto de los denunciantes, un resarcimiento económico.
Las denunciantes que hoy dirigen sus reclamos a la Iglesia no hayan tenido el menor prurito en recurrir a presiones políticas, en amenazar a funcionarios judiciales, en realizar marchas, escarches, escándalos de todo tipo a fin de lograr su cometido, la condena de personas inocentes.
Debo destacar que el Padre Alejandro sólo concurría al Jardín de Infantes en ocasión de los actos escolares, ya que su ocupación era referida al colegio secundario, razón por la cual, más allá de esas escasas ocasiones, no tenía trato alguno con los niños de ese sector.
Adjunto al presente informe muchos elementos que son sumamente esclarecedores, y de los cuales surge en forma prístina la realidad: la inexistencia total de los hechos denunciados, y su imposibilidad material de que los mismos hubieran ocurrido.
A saber:
1.- copias de la causa Nº 08.00.206.249-06 seguida a la perito psicóloga Ana María Birades que afirmó, contrariando al resto de los peritos, la existencia de abuso en todos los menores.
2.- el libro escrito por la ex Directora de Nivel inicial Sra. Olga Larroquet, una de las víctimas de las agresiones de los denunciantes, quien fue testigo de todo lo sucedido, y tuvo la paciencia y constancia de recopilar todos los datos y convertirlos en el libro Tinieblas en el camino, ella fue también una de las personas injustamente denunciadas, y víctima de las agresiones constantes de los denunciantes.
3.- el dictamen pericial sobre el presbítero Félix Alejandro Martínez llevado a cabo por el Médico Psiquiatra Dr. Mariano Castex, dado que sin lugar a dudas las denunciantes sólo acompañaron una parte de esta pericia.
4.-copia de la sentencia de la Sra. María del Carmen Cámara de Aladro, una de las personas que envía una misiva a S. S. realizando un reclamo y acusando falsamente al Padre Alejandro, quien se encuentra condenada por amenazas de muerte hacia la persona de la docente de nivel inicial Srta. Alejandra Melba, dicho esto para que se advierta el nivel de irracionalidad de quienes hoy se presentan como denunciantes y agraviadas por el fallo judicial.
5.-copia de la sentencia condenatoria de uno de los denunciantes más agresivo y participante: M B, padre de la menor CB, condenado en 2010 por el delito de abuso sexual infantil, contra su hijastra.
6.- copia de la causa seguida a JM por ocultar el abuso de su hija por parte del progenitor de la misma R B, y pretender desplazarlo a los integrantes del colegio.
7.- por último, para despejar cualquier duda sobre la absoluta inocencia del Padre Alejandro, acompañaré la sentencia del Tribunal Oral Nº 1, de Mar del Plata, integrado por los Sres. Jueces Esteban Viñas, Alfredo Deleonardis y José Martinelli, que si bien juzgaron solamente al profesor Melo Pacheco, luego de un mes de debate, de la declaración de más de cien testigos y peritos, de haber visitado el establecimiento escolar reiteradamente, decidieron por unanimidad que era materialmente imposible que los hechos denunciados hubieran ocurrido, sentencia que fue ya confirmada por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, y por la Suprema Corte de Justicia de la misma provincia.
Los denunciantes pretendieron entablar demandas civiles al obispado de Mar del Plata por sumas millonarias, las que sólo hubieran podido prosperar en caso de mediar sentencia condenatoria contra el profesor o el padre Alejandro, por aplicación de las reglas de la responsabilidad objetiva.
Estimo mi deber hacer saber que existe en la provincia de Buenos Aires un grupo de profesionales carente de escrúpulos y valores éticos que se dedican a incentivar estas denuncias, fundamentalmente contra colegios católicos: el abogado Julio Mario Razona, las psicólogas Ana María Birades, Patricia Gordon, en Mar del Plata y en la ciudad de Tandil Daniela Lezcano, quien también tiene un proceso criminal por falso testimonio agravado y falsedad ideológica en instrumento público.
La única razón que anima el reclamo de las Sras.es la persecución vindicativa contra el Padre Alejandro, carente de toda razón, ya que los hechos que denuncian jamás existieron, y así lo determinó la justicia, como ya he expresado, en una fallo totalmente justo, pero que despertó la ira de los denunciantes, que no hesitaron cuando escucharon la decisión de los jueces, en cercanías de los tribunales, en golpear al hermano del profesor Melo Pacheco y perseguir a las maestras presentes para hacer lo mismo.
Esa misma irracionalidad, fue la que les impidió comprender que lo que denunciaban carecía de sustento alguno, que era imposible que hubiera sucedido.
Adviértase que de una currícula superior a los 1.500 alumnos, los denunciantes integraban un grupo de aproximadamente 30 personas, y finalmente la Fiscal de la causa sostuvo la acusación sólo respecto de siete niños, dictándose finalmente la absolución, como ya he expresado.
No hay duda que la pedofilia debe ser perseguida y condenada, pero en este caso no ha existido este aberrante delito, por todo lo ya expuesto y juzgado.
Es cuanto puedo informar, quedando a su total disposición, para ampliar o aclarar cualquiera de las cuestiones del presente informe o de los expedientes penales que tramitaron oportunamente, saludándolo con la consideración más distinguida.

*No se ponen los nombres, solo las iníciales, porque hay menores involucrados.

Dra. Patricia Perelló
Abogada penalista

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