21/10/2016 -
Suprema Corte de Justicia confirmó todo lo actuado por la Juez Polchowski, en la causa mediatizada por el matrimonio Vignolio




(Gentileza diario Compromiso) Con el voto unánime de los seis ministros que integran el Superior Órgano de Justicia provincial, se confirmó el “estado de abandono” del menor al rechazarse los recursos de la familia biológica y de la Asesora de Menores. El proceso ingresará ahora en la etapa de preadopción, del cual no formó ni forma parte el matrimonio mencionado. En un fallo dictado por unanimidad, los seis Ministros de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que intervinieron confirmaron todo lo actuado por el Juzgado de Familia y la Cámara Civil de Dolores, en relación al estado de abandono del menor cuyo caso mediatizó el matrimonio Balda-Vignolio, debiendo proseguir ahora el proceso en el que los mencionados nunca formaron parte. Luego que tanto los Jueces de la Corte como la propia Procuración entrevistaran al niño y a la pareja de Gral. Guido que tiene actualmente su “guarda cautelar”, y se evaluara favorablemente las condiciones del mismo y del hogar que lo acoge, se resolvieron ayer los dos únicos recursos que habían llegado al Máximo Tribunal de la provincia, uno de la familia biológica y otro de la Asesora de Menores, apelando ambos el “estado de abandono del menor” resuelto por la Juez de Familia de Dolores Dra. Verónica Polchowski y confirmado por la Cámara Civil Departamental. En este estado de cosas y luego de las notificaciones pertinentes, en un plazo de alrededor de 10 días proseguirá el proceso de “guarda preadoptiva” y el de “adopción”, en este caso con parejas debidamente registradas en el listado de la Corte, que precisamente en nuestro Departamento Judicial tiene al matrimonio que hoy detenta la “guarda cautelar” del niño. Sobre el caso es de recordar, que en 2014 los responsables del Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño de Villa Gesell, entregaron en forma presuntamente irregular acorde a la ley, un niño en “guarda” a la pareja integrada por Victoria Balda y Octavio Vignolio, residentes en Balcarce. Que el menor se encontraba por entonces internado en el Hospital Materno Infantil de Mar del Plata, en el marco de una situación de familia que involucraba a su madre, también menor. La entrega a ese hogar se conoce como “abrigo transitorio” y es por 180 días, situación de la que aparentemente el matrimonio Vignolio no había sido informado, provocando el avance del proceso y la resolución de que el niño pasara a la etapa de “guarda”, de la que ellos no podían formar parte según la legislación vigente, en la irrupción mediática de la pareja acompañada por vecinos de su localidad cuestionando a la Juez de Familia y a otros estamentos de la Justicia Departamental. Pero en el caso de la Dra. Polchowski fueron mucho más allá, los ataques se transformaron en personales, llegando hasta promover un “Jury de Enjuiciamiento” contra la Magistrada, el que tras la resolución de ayer de la Suprema Corte seguramente quedará huérfano de argumentos y posibilidades, más aún, cuando es el propio Presidente de este Máximo Tribunal es quien lo debe presidir. Por último debemos recordar lo que manifestaba el Dr. Santiago Cremonte en una entrevista que le realizábamos el pasado mes de agosto, que el matrimonio Vignolio como “familia de abrigo” no podía ser adoptante porque la ley lo prohíbe. También decía que nunca habían apelado judicialmente las resoluciones de la Juez de Familia y de la Cámara Civil, y esto lo reiteramos hoy, lo destacamos, porque Victoria Balda el pasado domingo en un programa de Canal 13 hizo una defensa mediática de algo que precisamente nunca hicieron en la justicia, al afirmar que la apelación por ellos planteada había sido retenida en Dolores y no elevada a la Corte, lo cual hay que

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